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Como en todos los países, la inmigración en España está controlada y regulada mediante la expedición de Visados por parte de su Oficinas Consulares; convirtiéndose en el primer paso a cumplir para empezar legalmente el camino de la inmigración hacia España.

 

Así entonces, independientemente de que como turista puedas visitar España sin visado, deberás solicitar ante la Representación Consular en el país de domicilio el visado que corresponda al objetivo principal de tu venida al país; el cual te permitirá la entrada y el paso ante las autoridades aeroportuarias por un período de 90 días desde su emisión. Una vez en tierras españolas tendrás 30 días para acudir a la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía del lugar en que te encuentres para solicitar la tarjeta de identificación española, que en definitiva, será la que identifica y autoriza la estancia o permanencia en España. 

 

Al momento de solicitar ésta tarjeta se te asigna un Número de Identificación del Extranjero (NIE) y es asi como normalmente nos referimos a la tarjeta, como NIE. Este número es unico, personal e irrepetible y te acompañará toda la vida hasta que obtengas la nacionalidad española.- 

 

En este sentido, existen distintos visados y correspondientes tarjetas de identificación a los que tendrás que aplicar según tu perfil, objetivo, circunstancia e interés económico o profesional para poder residir, trabajar, estudiar, invertir o convivir con tus familiares de la Unión Europea en España.

  

Enumeramos mas abajo los principales permisos y autorizaciones que ampararán tu estancia o residencia aquí: 

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